Desde este lunes los tanatorios y servicios funerarios españoles podrán incrementar el número de personas conforme a lo que dicta el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio.
Además el nuevo decreto también especifica que se deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros, y evitar las aglomeraciones.
En caso de que no sea posible mantener la distancia de seguridad mínima, la normativa obliga a que se observen las medidas de higiene adecuadas para prevenir los riesgos de contagio. Esto incluye la uso obligatorio mascarillas en espacios cerrados, así como en espacios abiertos donde no pueda mantenerse una distancia mínima.
Cada comunidad autónoma podrá establecer sus propias restricciones todavía más estrictas si fuesen necesarias que las que dicta el nuevo decreto del Gobierno.
El cambio de la normativa permitirá recuperar la normalidad del tan ansiado proceso de duelo a familiares y amigos, acabando con imposibilidad de despedirlos como se merecen.
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